NUEVO CURSO DE TECNICOS DE LABORATORIO DE HORMIGÓN
FENALAC ha organizado un curso on line para técnicos de laboratorio de hormigón en colaboración con el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja y Structuralia, al servicio de las empresas de la Federación.

Es posible conseguir ayudas económicas. Sobre ello informa el siguiente documento . Para más información consultar con Structuralia

SERVICIO DE OBTENCIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA FORMACIÓN
Modelo de formación Continua.

El 1 de enero de 2004 entró en vigor el Real Decreto 1046/2004, cambiando el sistema de FORMACIÓN CONTÍNUA, gestionado ahora por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Según este modelo, todas las acciones formativas organice una empresa para sus profesionales podrán ser subvencionados a través de bonificaciones deducibles en la liquidación mensual de los Seguros Sociales (TC1, TC2) correspondientes al mes siguiente a la realización de la acción formativa.

Cada empresa dispone de un Crédito Anual para formación del que podrá disponer a lo largo de todo el año. Dicho crédito constituye el máximo bonificable anual y es función del número de empleados de la empresa y de la cantidad cotizada en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior.

Las Acciones Formativas podrán ser Presenciales, a Distancia, Teleformación, o Mixtas. Por Teleformación se entiende cuando el proceso de aprendizaje se desarrolle mediante tecnologías de la información y comunicación, así como con apoyo tutorial.

Proceso de obtención de subvenciones según el modelo de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo

1. Determinación del crédito de la empresa


Todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de formación profesional, tienen derecho a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuantía que podrá deducirse, o "crédito de formación continua", resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de la empresa. Así, la bonificación será mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa. Para las empresas de 1 a 5 trabajadores en lugar de porcentaje se garantiza un crédito de bonificación por empresa.

En el año 2004 los porcentajes de bonificaciones fueron los siguientes:
  • Empresas de 6 a 9 trabajadores 90%

  • De 10 a 49 trabajadores 65%

  • De 50 a 249 trabajadores 52,5%

  • De 250 o más trabajadores 42,5%
Al mismo tiempo, las empresas están obligadas a cofinanciar la formación con sus propias aportaciones. El porcentaje mínimo de esta cofinanciación varía en función de la plantilla media de la empresa durante el ejercicio anterior como aparece en la siguiente tabla:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: 0%

  • Empresas de 6 a 9 trabajadores 5%

  • De 10 a 49 trabajadores 10%

  • De 50 a 249 trabajadores 20%

  • De 250 o más trabajadores 40%


  • 2. Costes de la formación

    El proceso de obtención de bonificaciones debe partir de un análisis de los costes de formación y de comparación con el máximo anual bonificable determinado por el crédito a la formación. Se consideran bonificables los costes directos y asociados que se detallan más adelante. También son bonificables los costes de gestión y organización del plan formativo.

    • Coste directo: Retribución de formadores internos y externos, gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas (así como el alquiler o arrendamiento de los mismos), gastos de adquisición de material didáctico, gastos de alquiler o amortización de las aulas, gastos en bienes consumibles, etc.

    • Costes asociados: Costes de luz, mensajería, agua, calefacción, correo, limpieza, vigilancia, personal, costes de organización, etc.


    Los costes de personal no se consideran bonificables pero pueden presentados como parte de la cofinanciación privada.

    3. Identificación y alta en el sistema
    Todo el proceso de gestión se realiza a través de la aplicación telemática del la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Para dar la empresa de alta como entidad beneficiaria de las bonificaciones esta ha de contar con un certificado jurídico digital emitido por un Prestador de Servicios de Acreditación (por ejemplo CERES; centro de acreditación dependiente de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre).

    Una vez obtenido dicho certificado se procederá a registrar a la empresa en la aplicación telemática de gestión de las bonificaciones.

    4. Alta de las acciones formativas
    El procedimiento administrativo exige que cada “Accion Formativa” se cree en la cuenta de la empresa través de la aplicación telematica.

    5. Comunicación de inicio de los grupos
    Dentro de cada “Acción Formativa” podrán impartirse varios grupos. Cada grupo presencial contará con un máximo de 25 alumnos y cada grupo On Line con un máximo de 80 alumnos por tutor.

    6. Realización de la formación y comunicación del final de los grupos.
    Comunicar a la Fundación que la formación ha terminado, antes de que finalice el plazo de presentación del Boletín de Cotización en el que aparezcan reflejadas las correspondientes bonificaciones.

    7. Conciliación del crédito.
    Al finalizar cada ejercicio económico, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo procederá a cuadrar el total bonificado con el crédito asignado a cada empresa. También se comprobará durante este proceso si se han cumplido las exigencias de cofinanciación privada.

    Entidades Organizadoras


    Dado que la tramitación de las subvenciones conlleva una cierta complejidad, se ha previsto la existencia de empresas que faciliten la gestión de la formación (Entidad Organizadora), y cuyo coste es subvencionable por este mecanismo.

    La remuneración a la Entidad Organizadora equivale a un 25% del importe total de impartición de los cursos y es bonificable dentro del capítulo de costes asociados.

    STRUCTURALIA, como Entidad Organizadora

    STRUCTURALIA ofrece un servicio integral a todos sus clientes, en el que se unen la consultoría formativa, la organización o creación de contenidos a la medida de sus necesidades, herramientas tecnologías para gestionar e impartir la formación, y la gestión de todo el proceso de cálculo, notificación y justificación de bonificaciones frente a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

    El coste de este servicio es, como se especifica en el epígrafe anterior, el 25% del coste de impartición.

    Beneficios para el cliente:
    • Obtiene la máxima subvención a la que tiene derecho para la formación de su empresa.

    • Externaliza un servicio de gestión en un especialista.

    • Se asesora en el diseño de su Plan de Formación con la compañía líder en Formación en Construcción.


    Otras fuentes de Financiación


    STRUCTURALIA le asesorará en la búsqueda y obtención de otras ayudas y subvenciones, dentro de un amplio abanico de ayudas y cursos gratuitos en nuestro catálogo.

    Cálculo del Importe Bonificable en el Curso Básico de Técnicos en Laboratorios de Hormigón.

    El importe total bonificable por alumno, es función de la duración en horas del curso y de la metodología formativa utilizada. En este caso, el Curso Básico de Técnicos en Laboratorios de Hormigón es estrictamente On Line (lo que en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo se entiende como “teleformación”) y tiene una duración estimada en 40 horas.

    El módulo aplicable para dicha metodología formativa (teleformación) es de 6’75 €/horaxalumno, por lo que, en este caso, el importe bonificable total por alumno será de 6,75x40=270€, lo que supone un 75% del coste total.

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